Multas desde 5.000 € a 60.000 €
Desde el pasado 13 de diciembre que entró en vigor (por aplicabilidad directa) el Reglamento nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011, son los hosteleros los que deben de informar a sus cliente sobre los principales alérgenos que tienen como ingredientes sus platos e incluso sus cócteles.
Hasta ahora las personas con alguna intolerancia o alergia alimenticia debían de preguntar en cada bar, restaurante, pizzería, pub, etc. si cuáles de los platos o bebidas tienen entre sus ingredientes el que no pueden ingerir, pues bien, desde el pasado 13 de diciembre todos los establecimientos deben informar por escrito (cartas, cartelería y rotulación siempre visible, etc) o verbalmente de la presencia o no de alérgenos en su oferta gastronómica.
Con esta medida la Unión Europea garantiza el derecho de los consumidores a la información alimentaria para elegir con cocimiento de causa.
Los ALÉRGENOS de los que deben dar cuenta son:
CEREALES
HUEVOS
LÁCTEOS
PESCADO
MOLUSCOS
CRUSTÁCEOS
CACAHUETES
SOJA
FRUTOS SECOS (Cacahuetes, almendras, avellanas, anacardos, pecanas, castañas, pistachos, macadamias, los derivados de frutos secos o productos que los incorporen en su composición)
SÉSAMO
APIO
MOSTAZA
ALTRAMUCES
SULFITOS (Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a los 10 mg/kg ó 10 mg/litro.
En caso de que llevar a cabo malas praxis con la normativa, las infracciones oscilarán entre 5.000 y 60.000.
Para más información pueden consultar la web creada a tal efecto por el ministerio de Sanidad y el ministerio de Industria Click Aqui
Hasta ahora las personas con alguna intolerancia o alergia alimenticia debían de preguntar en cada bar, restaurante, pizzería, pub, etc. si cuáles de los platos o bebidas tienen entre sus ingredientes el que no pueden ingerir, pues bien, desde el pasado 13 de diciembre todos los establecimientos deben informar por escrito (cartas, cartelería y rotulación siempre visible, etc) o verbalmente de la presencia o no de alérgenos en su oferta gastronómica.
Con esta medida la Unión Europea garantiza el derecho de los consumidores a la información alimentaria para elegir con cocimiento de causa.
Los ALÉRGENOS de los que deben dar cuenta son:
CEREALES
HUEVOS
LÁCTEOS
PESCADO
MOLUSCOS
CRUSTÁCEOS
CACAHUETES
SOJA
FRUTOS SECOS (Cacahuetes, almendras, avellanas, anacardos, pecanas, castañas, pistachos, macadamias, los derivados de frutos secos o productos que los incorporen en su composición)
SÉSAMO
APIO
MOSTAZA
ALTRAMUCES
SULFITOS (Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a los 10 mg/kg ó 10 mg/litro.
En caso de que llevar a cabo malas praxis con la normativa, las infracciones oscilarán entre 5.000 y 60.000.
Para más información pueden consultar la web creada a tal efecto por el ministerio de Sanidad y el ministerio de Industria Click Aqui
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